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Normativa FATCA y CRS

Normativa FATCA y CRS

Obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras

El pasado 1 de enero entró en vigor el Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.

El intercambio internacional de información en materia financiera entre las administraciones tributarias se ha convertido en un instrumento para luchar contra el fraude fiscal.

En el año 2010 fue aprobada por el IRS (Internal Revenue Service), autoridad fiscal norteamericana, la Ley FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act) mediante la cual se obliga a todas las instituciones financieras que actúen fuera de la jurisdicción norteamericana a informar a esta autoridad del nombre de todas aquellas personas físicas o jurídicas de las cuales gestionen o tengan en depósito bienes o derechos.

La OCDE recibió del G-20 el mandato de elaborar una norma única internacional para el intercambio automático de información fiscal sobre cuentas financieras. De este modo, el 29 octubre de 2014 se inicia el proceso de adhesión de los países, entre ellos España, al Modelo de Acuerdo para la Autoridad Competente desarrollado por la OCDE, materializado en el Common Reporting Standard (CRS) de intercambio automático de información entre países. Dicho sistema de intercambio permite a las administraciones tributarias de los países adheridos disponer de forma periódica de información fiscal de las inversiones o posiciones de sus contribuyentes en instituciones financieras situadas en el extranjero.

El primer suministro de información se producirá en el ejercicio 2017 y será el relativo a los datos del año 2016, debiendo las entidades financieras afectadas por esta normativa recabar de sus clientes la información necesaria, entre la que destaca las residencias fiscales de las personas que ostentan la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y, cuando proceda, comunicarla a la Administración Tributaria

Tanto la Normativa FATCA como la Normativa CRS han sido ideadas como herramientas de lucha contra el fraude fiscal y la evasión de impuestos, si bien los mecanismos y procedimientos que contemplan no son exactamente los mismos.

Entre otras diferencias, pueden reseñarse las siguientes:

  • La Normativa CRS se basa en la residencia fiscal del titular de la cuenta, mientras que FATCA está basada en la nacionalidad o condición de ciudadano estadounidense.
  • La Normativa CRS debe realizar el reporte de información de múltiples jurisdicciones, es decir, de manera multilateral, mientras que FATCA solo debe reportarla a EEUU, es decir, bilateralmente.
  • CRS no implanta ningún sistema de retenciones, solamente sanciones locales por incumplimientos. Mientras que FATCA realiza una retención de un 30% a aquellas instituciones financieras que decidan no participar en el acuerdo.
  • En CRS se incluyen entidades financieras pequeñas y entidades de bajo riesgo excluidas en FATCA.
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