DEFINICIÓN DE MICROEMPRESA
Recomendación de la Comisión de 6 de Mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (2003/361/CE).
Esta recomendación se refiere a la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas utilizadas en las políticas comunitarias dentro de la Comunidad y del Espacio Económico Europeo.
NUEVOS UMBRALES APLICABLES
| CATEGORÍA DE EMPRESA | NUMERO DE EMPLEADOS | VOLUMEN DE NEGOCIO | BALANCE GENERAL |
| Mediana empresa | < 250 | ≤ 50 millones de eur | ≤ 43 millones de euros |
| Pequeña empresa | < 50 | ≤ 10 millones de euros | ≤ 10 millones de euros |
| Microempresa | < 10 | ≤ 2 millones de euros | ≤ 2 millones de euros |
Los anteriores límites representan máximos. Los estados miembros, el BEI y el FEI pueden fijar límites inferiores.
Esta recomendación sustituye a la Recomendación 96/280/CE a partir del 1 de enero de 2005.